El Departamento de Medio Ambiente Aseo y Ornato deberá procurar el aseo de los espacios públicos, la adecuada recolección y disposición de los residuos sólidos domiciliarios, la programación y mantención de las áreas verdes, propendiendo al mejoramiento y cuidado del medio ambiente de la comuna.
Dependerán e integrarán este Departamento, la Unidad de Aseo y Ornato y la Unidad de Medio Ambiente.
1. Unidad de Aseo y Ornato: Corresponden las funciones generales del Departamento y a la Jefatura del mismo, siendo éstas las siguientes:
- El aseo de las vías públicas, parques, jardines y, en general, de bienes nacionales de uso público existentes en la comuna.
- El servicio de extracción y disposición final de la basura, velando por el estricto cumplimiento de las obligaciones de las empresas que efectúen el servicio señalado, y de la mantención de las áreas verdes, en su caso.
- La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna, y aquellas relativas al ornato.
- Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con el medio ambiente;
- Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia, y
- Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental. Para la aprobación de la misma, el concejo podrá solicitar siempre un informe técnico al Ministerio del Medio Ambiente.
- Evaluar, de oficio o a solicitud de los vecinos interesados, la oportunidad y pertinencia de efectuar la poda de árboles en la vía pública, parques y plazas de la comuna, a fin de precaver que las ramas y follaje de estos no afecten la iluminación de las vías públicas, el cableado eléctrico y la señalética vial existente. Lo anterior, podrá verificarse aun transcurrido el periodo tradicional de poda.
- En este último caso, deberá contar con la asesoría y supervisión de la compañía distribuidora de electricidad, a fin de evitar descargas eléctricas, que pongan en riesgo la vida y seguridad de los trabajadores y vecinos en general.
- Sin perjuicio de lo señalado en la letra anterior, deberá evaluar el estado de conservación de los árboles de administración municipal, a fin de talarlos y reemplazarlos por especies ornamentales que no causen daño a las obras de pavimentación urbana o impliquen riesgo de caída.
- Controlar el retiro oportuno de escombros y micro basurales.
- Colaborar con la Dirección de Administración y Finanzas en el cálculo del derecho de aseo domiciliario, de acuerdo con la Ley de Rentas Municipales y la Ordenanza respectiva.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración de las bases administrativas y técnicas relativas a las concesiones de aseo, de áreas verdes, de ornamentación y otros contratos relacionados con el aseo y ornato de la comuna.
- Diseñar e implementar programas de limpieza de sumideros de aguas lluvias y en general, de las acequias y canaletas existentes en la vía pública o de incidencia comunal.
- Otras funciones que la Ley señale o el Alcalde le asigne, las que ejecutará a través de la unidad que corresponda, de conformidad a la legislación vigente.
Integrará y dependerá del Departamento de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, la Unidad de Medio Ambiente, a la que le corresponderán las siguientes funciones:
- En general, ejecutar las funciones medioambientales encargadas por ley al Departamento de Medio Ambiente, Aseo y Ornato.
- Asesorar al Alcalde en todas las materias ambientales comunales.
- Actuar como secretaría técnica del Comité Ambiental Municipal (CAM)
- Conducir y apoyar, en conjunto con el Comité Ambiental Comunal (CAC), el desarrollo, implementación y/o rediseño de la estrategia comunal ambiental.
- Desarrollar e implementar programas y proyectos para la Gestión Ambiental Local (GAL) en conjunto con el Comité Ambiental Comunal (CAC).
- Asesorar y coordinar con las direcciones y/o departamentos todas aquellas materias ambientales vinculadas con la Gestión Ambiental Local (GAL) y su estrategia ambiental.
- Ejercer el rol coordinador entre el municipio y otros organismos públicos y/o privados.
- Desarrollar e implementar un programa de difusión y educación ambiental.
- Desarrollar e implementar al interior de la estructura municipal un programa de capacitación y educación medioambiental.
- Desarrollar e implementar y/o aplicar un sistema de indicadores estratégicos de gestión ambiental.
- Desarrollar mecanismos de prevención de riesgos medioambientales, en coordinación con otros organismos competentes en el tema.
- Fiscalizar o desarrollar acciones de control territorial sobre el estado del medio ambiente construido, social y natural.
- Realizar estudios y emitir opinión técnica en materias de desarrollo sustentable comunal, ordenamiento territorial ambiental, plan regulador, estudios de impacto ambiental y declaraciones ambientales a desarrollarse en la comuna.
- Desarrollar programas de educación ambiental en los distintos grupos de interés en la comuna.
- Desarrollar programas y actividades de fomento del medioambiente en el sector privado, organizaciones comunitarias, deportivas y culturales.
- Fomentar la cooperación interinstitucional que fortalezca la Gestión Ambiental Local (GAL).
- Gestionar y/o conducir consultas, reclamos, denuncias en materia ambiental provenientes de la comunidad.
- Otras, que el Alcalde le asigne.
Durante el periodo 2012-2016, la misión de la oficina de Medio Ambiente es coordinar, la gestión, la educación y fiscalización ambiental. Direccionarse hacia un desarrollo sustentable, incentivando acciones como la eficiencia energética, reciclaje y valorización de residuos. Fomentando así la inserción de la temática ambiental en el municipio y también de la comuna.